Tienda online subvencionada por la Junta de Castilla-La Mancha -Creative Studio,diseño, web y publicidad en Toledo

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha lanzado una importante línea de subvenciones para permitir a las Pymes (empresas con menos de 250 empleados) y a los autónomos desarrollarse en el mercado digital. En concreto, se trata de una Línea de Apoyo para la Transformación Digital de las Pymes y las cuantías de las mismas irán desde un mínimo de 3.000 euros de ayuda hasta un máximo de 10.000 euros. El plazo para su presentación se encuentra abierto hasta el 17 de junio de este año y los interesados ya pueden inscribirse en cualquiera de sus dos modalidades.

¿QUÉ SE PUEDE SUBVENCIONAR?

Los proyectos subvencionables, en el apartado de comercio electrónico, son aquellos que permitan a las empresas establecer nuevos canales de venta mediante la creación de una tienda online, la adaptación de las tiendas virtuales existentes para incorporar la funcionalidad de venta online y la mejora o sustitución de herramientas de software de comercio electrónico para aquellas que ya dispusieran de estos canales de venta.Por lo que se refiere a las actuaciones de marketing digital, serán subvencionables los proyectos que cuenten con planes personalizados de marketing y estrategias publicitarias a ejecutar en los medios de Internet, siempre que estén relacionados con la venta de productos, así como el fomento de la presencia y posicionamiento online.

Las pymes o autónomos que se beneficien de estas ayudas podrán ver subvencionados los siguientes gastos:

  • Gastos de Consultoría: los que procedan de un servicio de asesoramiento especializado en comercio electrónico
  • Gastos de desarrollo web
  • La adquisición de equipos y nuevas aplicaciones informáticas que den al negocio una nueva funcionalidad.
  • Gastos de inscripción de la empresa en el portal de comercio electrónico elegido.

 

¿CUÁNTO SE PUEDE SUBVENCIONAR?

La cuantía de la ayuda será de hasta un 70% de la inversión subvencionable, aunque puede incrementarse en un 20% si el proyecto empresarial se encuentra en alguno de estos municipios de la provincia de Toledo: Alcañizo, Alcaudete de la Jara, Alcolea de Tajo, Aldeanueva de Barbarroya, Aldeanueva de San Bartolomé, Almendral de la Cañada, Azután, Belvís de la Jara, Buenaventura, Cardiel de los Montes, Calera y Chozas, Caleruela, Calzada de Oropesa, El Campillo de la Jara, Castillo de Bayuela, Cazalegas, Cebolla, Los Cerralbos, Cervera de los Montes, Espinoso del Rey, La Estrella, Garciotum, Herreruela de Oropesa, Las Herencias, Hinojosa de San Vicente, La Iglesuela, Lagartera, Lucillos, Marrupe, Mejorada, Mohedas de la Jara, Montearagón, Montesclaros, Mora, La Nava de Ricomalillo, Navalcán, Navalmoralejo, Navamorcuende, Nuño Gómez, Oropesa, Parrillas, Pelahustán, Pepino, La Puebla de Montalbán, La Pueblanueva, El Puente del Arzobispo, Puerto de San Vicente, El Real de San Vicente, Retamoso de la Jara, Robledo del Mazo, Sevilleja de la Jara, San Román de los Montes, Sartajada, Segurilla, Sotillo de las Palomas, Talavera de la Reina, Torralba de Oropesa, Torrecilla de la Jara,  Torrico, Valdeverdeja Velada, Las Ventas de San Julián y Villacañas.

¿CUÁLES SON LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN?

En cuanto a los criterios para valorar a los beneficiarios de la subvención, se puntuarán de la siguiente manera:

  • Localización de la empresa:
    • Municipios inferiores a 1.000 habitantes (25 puntos)
    • Entre 1.000 y 5.000 habitantes (20 puntos)
    • Entre 5.001 y 10.000 habitantes (15 pntos)
    • Más de 10.000 habitantes (10 puntos)
  • Proyectos de empresas con mayoría de socios que sean mujeres (5 puntos)
  • Proyectos de empresas con mayoría de socios que sean mayores de 55 (5 puntos)
  • Proyectos de empresas con mayoría de socios que sean menores de 30 (5 puntos)
  • Proyectos de empresas con mayoría de socios que sean discapacitados (5 puntos)
  • Empresas en sectores prioritarios (15 puntos)
  • Microempresas y pequeñas empresas de menos de 50 personas (10 puntos)
  • Mediana empresa de entre 51 y 250 personas (5 puntos).

 

¿DÓNDE PRESENTAR LA SOLICITUD?

Para formalizar la solicitud de esta subvención es necesario que las Pymes que se presenten a ellas cuenten con firma electrónica para poder realizar el trámite de forma telemática en la página habilitada por la web de la Junta. Asimismo, deberá presentarse el impreso de solicitud que aparece en la resolución y en la propia dirección en la que se realiza dicho trámite.Todos los trámites relacionados con la solicitud se notificarán de forma electrónica, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas en la sede electrónica de la Administración de la Junta, por lo que el interesado deberá estar dado de alta en dicha plataforma en el momento de la solicitud.

 

¿QUÉ DOCUMENTOS PRESENTAR?

  • En cuanto a la documentación que deberán presentar las empresas y autónomos, en primer lugar deberán aportar que sirva como acreditación del solicitante, como por ejemplo su NIF, la escritura de constitución, estatutos para el caso de las comunidades de bienes, además de identificaciones y consentimientos para los representantes de la misma, en caso de obrar a través de ellos.
  • También deberán aportar documentación que acredite el tamaño de la empresa (informe de la plantilla media anual con alta en Seguridad Social), el certificado de vida labora en el caso de los autónomos, la declaración del impuesto de sociedades y las cuentas anuales del último ejercicio firmadas y selladas, depositadas en el Registro Mercantil, además del Impuesto sobre la Renta.
  • En cuanto al proyecto, la documentación que se necesita consiste en facturas ‘pro-forma’ en las que se aprecien los bienes a adquirir, memoria técnica y económica del proyecto donde se pueda deducir la actividad a realizar. También deberá aportarse documentación que acredite que se cumplen con las circunstancias especiales que sirven como criterios de valoración, como certificados de discapacidad, por ejemplo, en el caso de empresas con mayoría de socios discapacitados. Si los documentos presentan defectos formales o faltan documentos exigidos, se requerirá al interesado para que los subsane en un plazo de diez días.

 

¿CUÁNDO PRESENTAR LA SOLICITUD?

Las ayudas de esta convocatoria deberán tener un carácter incentivador, por lo que antes de que el beneficiario haya iniciado las inversiones o gastos, deberá haber presentado una solicitud formal de ayuda. Las inversiones se considerarán iniciadas cuando exista cualquier compromiso en firme de adquisición de bienes o arrendamiento de servicios que afecten al servicio o cuando se emitan facturas y se realicen pagos con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud. En Creative Studio nos ponemos a disposición de las empresas interesadas para ofrecerles nuestro servicio de diseño de tienda online. Hacemos un proyecto a tu medida con el que poder embarcarse en el comercio electrónico en un momento en el que, gracias a estas subvenciones, las Pymes tienen en su mano la posibilidad de beneficiarse de importantes ayudas.